Los concejales sancionaron la ordenanza “infracción en suspenso”.

Los concejales sancionaron la ordenanza que permite instrumentar nuevamente la “infracción en suspenso” para eximir de multas a aquellos propietarios de vehículos que circulan en la vía pública sin la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) debidamente actualizada, pero que sí posean turno solicitado previamente al vencimiento.

Los ediles autorizaron al municipio a aplicar la “infracción en suspenso” a aquellos propietarios de vehículos que circulen sin RTO pero que demuestren tener turno otorgado por el taller encargado del servicio anterior al vencimiento de la revisión exigida.

La propuesta de los ediles Mario Llanes y Damian De Marco surgió ante “la necesidad que existe en nuestra ciudad por un único taller mecánico que realiza la revisión técnica vehicular y que hoy se encuentra saturado por la alta demanda”.

“Actualmente los contribuyentes que acuden a solicitar turno para la ejecución de la revisión técnica de sus vehículos se encuentran con demoras de aproximadamente 2 meses para concluir el examen”, argumentaron los ediles.

Los concejales sostuvieron que “muchos conductores transitan con el comprobante del turno para la revisión técnica vehicular, con el riesgo de resultar infraccionados al no haber podido concretar en tiempo oportuno el control mecánico que exige la ley nacional de tránsito”.

Los concejales decidieron sancionar la herramienta excepcional instaurada por la ordenanza 3480, sancionada en 2009, que “cuenta con experiencia en el cuerpo de inspectores municipales como también el Juzgado de Faltas, en su implementación”.