¿Distracción o desconocimiento?

Todos los días uno se sorprende ante diversos acontecimientos que suceden en nuestra ciudad, a veces gratamente, otras no tanto. Esta sensación que sentimos ante ciertas acciones, nos llama más la atención cuando provienen de políticos, en muchos casos con una larga trayectoria.

Esta breve introducción viene a cuento porque el pasado 31 de marzo, el mismo día en que se recordaba un aniversario más de la sanción de nuestra Carta Orgánica Municipal llego al Concejo Deliberante la Nota Nº 047/2015, Letra MUN.U, firmada por el Señor Intendente Municipal Federico Sciurano, donde cumpliendo con la reglamentación vigente, remitía copia autenticada de la Ordenanza Municipal 4818. Hasta ahí todo normal, ya que es el procedimiento que corresponde para la promulgación de una norma.

Mi voracidad de lector me incitó a seguir leyendo ya que quería enterarme de la nueva ordenanza vigente, no vaya a ser que por desconocimiento violara una norma recientemente promulgada por el Ejecutivo Municipal. Cuando comencé a leer el Decreto Nº 382/2015, que promulga la Ordenanza de marras, entre en un estado de shock, de estupor, que llamó poderosamente mi atención. Observaba atónito, el contenido del decreto y grande fue mi asombro, cuando el Señor INTENDENTE promulgaba por ordenanza la enmienda a la Carta Orgánica Municipal, que fuera sancionada por el Concejo Deliberante el pasado 25 de marzo y que permitía el voto joven. Sentí un frio que corría por mi espalda, no podía comprender, ni entender como Federico Sciurano, dos veces Concejal, Convencional Constituyente e Intendente por dos periodos consecutivos pudo cometer tamaño ERROR, yo diría que hasta grosero.

Parece que nuestro Intendente no conoce el orden prelativo de las normas. Una norma de menor grado como es una ordenanza, no puede enmendar la Carta Orgánica. El artículo 115 de nuestra Carta Magna es sumamente claro, la enmienda una vez aprobada por el Concejo Deliberante queda incorporada al texto constitucional. Esto implica que no necesita nada más para que sea reconocida.

Esta situación me causa cierta preocupación, en primer lugar desconoce la propia Carta Orgánica, o no lee cuando firma decretos o cualquier otro documento, lo cual es grave, y puede llevarlo a rubricar cualquier cosa que le pongan enfrente, o bien tiene un profundo desconocimiento de técnicas legislativas. Cualquiera sea el motivo, esta situación, por lo menos en mi genera, cierta zozobra porque de aquí en adelante, desde la Municipalidad de Ushuaia, puede salir cualquier barbaridad, y lo peligroso es que puede afectar a los vecinos de la Ciudad.

En esta vorágine de acontecimientos y en el contexto en que estamos inmersos, puedo entender que está muy ocupado por su campaña a la Gobernación, lo cual hace que le preste poca atención a sus funciones como Intendente, cargo por el que fue electo en el año 2011 y que fenece en diciembre de 2015. O tal vez haya sido el cargo de conciencia que debe tener por haber privilegiado jugar un partido de rugby en lugar de jurar nuestra Carta Orgánica. Lo cierto es que ha cometido un importante desatino, que es necesario que corrija prontamente.

Como un simple mortal y vecino de Ushuaia, le pido un favor, (va con onda): Señor Intendente, lea lo que firma, porque le puede generar problemas a usted, cosa que me preocuparía muchísimo ya que a lo mejor le puede impedir su acceso a la gobernación, DIOS no lo permita, o lo que es más grave aún, puede causar daños al patrimonio del Estado Municipal.

 

ANIBAL ALBERTO LOBASSO

DNI 12.535.403