Trabajo declaró ilegal el paro convocado por la “Unión de Gremios”

El Ministerio de Trabajo de la Provincia declaró ilegal la medida de fuerza convocada por la “Unión de Gremios”. Las autoridades laborales advirtieron que tal colectivo sindical “jurídicamente es inexistente”, y que no tiene atribuciones ni está legitimado para llamar a un paro, que además no fue notificado con la correspondiente antelación ni a la Cartera Laboral, ni al empleador.

El secretario de Asuntos Gremiales, José Luis Álvarez, indicó que “el fundamento de la Resolución del Ministerio de Trabajo es que ‘se trata de un exceso en el derecho de huelga’” por lo cual se ha declarado la ilegalidad de las mismas. Las consecuencias de esta ilegalidad, según explicó Álvarez, “tienen que ver con el descuento de los haberes de los trabajadores que se adhirieron a este tipo de medidas” además de la posibilidad de “la aplicación de sanciones disciplinarias en caso de corroborarse hechos de violencia o algún tipo de agresión o cualquier otra circunstancia que nada tiene que ver con el derecho de huelga”.

En ese sentido, remarcó que “la Unión de Gremios, como tal, no existe. Las únicas formas de organización gremial que tenemos en Argentina son las centrales de trabajadores, las federaciones de trabajadores, y los sindicatos de base. Existiendo sindicatos de base, ni siquiera la CTA puede convocar a medidas de fuerza porque existen sindicatos de base de primer grado como ATE, ATSA, UPCN y el mismo SUTEF funcionando, con lo cual las centrales solamente funcionan cuando no existen sindicatos de base. Las convocatorias que haga CTA o en este caso el colectivo denominado “Unión de Gremios” que, jurídicamente es inexistente, lo único que pueden traer son consecuencias negativas para quienes se adhieran a las mismas”.

El funcionario provincial confirmó que “no se ha notificado ni al Gobierno de la Provincia ni al Ministerio de Trabajo, de un llamado a medida de fuerza por parte de los sindicatos con el derecho de hacerlo”.

Recordó que el Ejecutivo Provincial ha solicitado la ilegalidad de las medidas de fuerza desde mayo y “el Ministerio de Trabajo ha notificado que conforman este colectivo denominado ‘Unión de Gremios’ para que ejerzan su derecho de defensa. El SUTEF ha contestado y en consecuencia el Ministerio ha dictado, dado que los argumentos no eran suficientes y valederos para ser atendidos y teniendo en cuenta los criterios que ha tenido la Corte Suprema Justicia de la Nación en semanas anteriores, los únicos que pueden convocar a medidas de fuerza son los sindicatos con personería gremial y dentro del ámbito de sus competencias”.

Finalmente, el secretario de Asuntos Gremiales reiteró que el SUTEF “solo puede llamar a huelga para condiciones de trabajo propias del sector” y “no para atacar leyes ni actividades legislativas que son constitucionalmente válidas”, por lo tanto, agregó Álvarez, “excede el derecho de huelga y está poniendo en riesgo y peligro la situación de los trabajadores que se adhieran a la misma”.